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Ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado la Resolución de 4 de abril de 2018, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2018-2019 en todo el territorio de Cataluña.

Periodos hábiles de caza menor a todo el territorio de Cataluña En el territorio de Cataluña para la temporada 2018 - 2019 los periodos hábiles de caza menor son los siguientes:

Caza menor en general.

Entre el segundo domingo de octubre de 2018 (día 14) y el primer domingo de febrero de 2019 (día 3), ambos inclusive.

Media veda.

La caza en el periodo de media veda sólo se puede practicar en los terrenos cinegéticos de régimen especial que lo tengan aprobado en su plan técnico de gestión cinegética.

Se establecen como periodos y días hábiles para la caza de las especies codorniz (Coturnix coturnix), tórtola común (Streptopelia turtur), paloma torcaz (Columba palumbus), paloma bravía (Columba livia) incluidas las variedades domésticas e híbridos, urraca (Pica pica), estornino pintor (Sturnus vulgaris), gaviota reidora (Chroicocephalus ridibundus), gaviota patiamarilla (Larus michahellis) y zorro (Vulpes vulpes), los siguientes:

a) Barcelona y Cataluña Central, salvo la comarca del Solsonès. Días hábiles: días 19, 26 y 29 de agosto y 2 de septiembre.

b) Girona. Días hábiles: jueves, domingos y festivos no locales dentro del periodo comprendido entre el 19 de agosto y el 9 de septiembre, ambos incluidos.

c) Lleida y la comarca del Solsonès. Días hábiles: jueves, sábados, domingos y festivos dentro del periodo comprendido entre el 15 de agosto y el 11 de septiembre, ambos incluidos.

d) Tarragona. Días hábiles: días 19 y 26 de agosto y 2 y 9 de septiembre.

e) Terres de l’Ebre. Días hábiles: días 19 y 26 de agosto y 2 y 9 de septiembre. 

Comarcas de las Terres de l’Ebre.

El aprovechamiento cinegético de la focha será determinado por la persona titular de la dirección de los servicios territoriales del departamento competente en materia de caza en las Terres de l’Ebre, a propuesta de la sección territorial competente en materia de caza y con informe previo del Parque Natural del Delta del Ebro. El periodo hábil de caza del ánade real (Anas platyrhyncos) y de la agachadiza común (Gallinago gallinago) es entre el segundo domingo de octubre de 2018 (día 14) y el primer domingo de marzo de 2019 (día 3), ambos incluidos.

En el caso en que se emitan autorizaciones excepcionales para el control de determinadas especies por parte del departamento competente en materia de biodiversidad, si se capturan accidentalmente especies cinegéticas que no sean objeto de aquel control, se tendrán que notificar al departamento competente en materia de caza a efectos de estadística.

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Categoría: ORDEN DE VEDA

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