Ha sido publicada la RESOLUCIÓN AAM/531/2013, de 11 de marzo, por la que se fijan las especies objeto de aprovechamiento cinegético, los periodos hábiles de caza y las vedas especiales para la temporada 2013-2014 en todo el territorio de Cataluña.
En el territorio de Cataluña para la temporada 2013-2014 los periodos hábiles de caza menor son los siguientes:
- Caza menor en general.
Entre el segundo domingo de octubre (día 13) y el primer domingo de febrero (día 2), ambos inclusive.
En las reservas nacionales de caza, reservas de caza y zonas de caza controlada, el periodo hábil de caza es el que indiquen los diferentes planes técnicos de gestión cinegética anuales.
- Previsiones singulares para determinadas especies.
Para la perdiz roja (Alectoris rufa) el periodo hábil de caza es el comprendido entre el segundo domingo de octubre (día 13) y el primer domingo de enero (día 5), ambos incluidos; y para la perdiz pardilla, subespecie ibérica (Perdix perdix hispaniensis), es el comprendido entre el segundo domingo de octubre (día 13) y el cuarto domingo de diciembre (día 22), ambos incluidos.
Para el ánade friso (Anas strepera) y la avefría (Vanellus vanellus) el período hábil es el comprendido entre el segundo domingo de octubre (día 13) y el tercer domingo de enero (día 19), ambos incluidos.
Para el zorro (Vulpes vulpes), el período hábil de caza es el comprendido entre el primer domingo de septiembre (día 1) y el último domingo de marzo (día 30), ambos incluidos.
Tenemos 47 visitantes y ningun miembro en Línea
La web Cazaacuaticas.com utiliza cookies propios y de terceros para mejorar nuestros servicios y mostrarle publicidad relacionada con sus preferencias mediante el análisis de sus hábitos de navegación. Si continua navegando, consideramos que acepta su uso. Si quiere más información politica de privacidad. | |
Acepto los cookies de esta web. Acepto |