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Ha sido publicada en el Diario Oficial de Extremadura la ORDEN de 24 de junio de 2014 General de Vedas de Caza para la temporada 2014/2015, de la Comunidad Autónoma de Extremadura.

Periodos hábiles de caza menor. Siempre que no se indique otro periodo en los artículos siguientes los periodos hábiles para la caza menor son los siguientes:

Caza menor en general. Desde el 12 de octubre de 2014 hasta el 6 de enero de 2015 durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional.

Media veda. Desde el 23 de agosto hasta el 14 de septiembre de 2014, en horario de 7:00 a 10:00 horas y de 17:00 a 21:00 horas, durante sábados, domingos y festivos de carácter nacional o regional para las especies codorniz en la modalidad de al salto, y tórtola común, palomas, estornino pinto, urraca, grajilla, ánade real y zorro en la modalidad de puesto fijo. En este periodo queda prohibida la utilización de reclamos.

Ojeos de caza menor. Pueden realizarse en aquellos cotos que lo tengan previsto en su instrumento de planificación durante todos los días de la semana incluidos dentro del periodo hábil de caza menor en general.

Descargar Orden de veda.

 

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Categoría: ORDEN DE VEDA

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